Aprueba reforma para sancionar violencia digital

Redacción 25/03/2026 Congreso del Es

* Esto mediante inteligencia artificial


TLAXCALA, TLAX., martes 24 de marzo de 2026.-Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala aprobaron el Dictamen con Proyecto de Decreto presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que preside el diputado Jaciel González Herrera, mediante el cual se reforma el artículo 295 Bis del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con el propósito de sancionar conductas que vulneren la intimidad sexual de las personas mediante el uso de tecnologías de inteligencia artificial o manipulación digital.
El Dictamen deriva de la iniciativa presentada por la diputada Miriam Esmeralda Martínez Sánchez, que plantea fortalecer el marco jurídico frente a nuevas formas de violencia digital, particularmente aquellas relacionadas con la generación o manipulación de contenido íntimo mediante herramientas tecnológicas, que pueden simular imágenes, audios o videos de carácter sexual sin el consentimiento de la persona afectada.
En el análisis correspondiente, la Comisión dictaminadora consideró que la propuesta responde a la necesidad de actualizar la legislación penal ante los avances tecnológicos y los riesgos que estos implican para derechos fundamentales como la privacidad, la intimidad, el honor y la dignidad de las personas, especialmente en entornos digitales donde estas conductas pueden reproducirse y difundirse con gran facilidad.
El Dictamen también señala que la violencia digital debe entenderse como el uso de tecnologías de la información y comunicación para agredir, acosar o silenciar a las personas, provocando daños psicológicos, emocionales y sociales, por lo que resulta necesario incorporar al marco penal estatal supuestos que permitan sancionar estas prácticas cuando se realicen mediante inteligencia artificial o técnicas de manipulación digital.
Tras su aprobación, se instruyó la elaboración del Decreto y remisión al titular de Ejecutivo para su sanción y publicación correspondiente.

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